El 14 de julio de 2026 el Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de reforma de las leyes de discapacidad y dependencia. Este proyecto modifica la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social y la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
Entre las medidas previstas figuran la personalización de los cuidados según la voluntad y las preferencias de cada persona, con el objetivo de que pueda permanecer en su domicilio si así lo desea; y el refuerzo de los apoyos en el entorno próximo, incluidos los centros de día y los cuidados prestados por convivientes sin vínculo familiar. También se simplificarán los procedimientos administrativos y se reducirá la burocracia mediante dos cambios especialmente relevantes: la equivalencia entre los grados de dependencia y discapacidad y la centralización de los trámites en una ventanilla única.
Cambios en materia de discapacidad
Reconocimiento automático del grado de discapacidad
Una de las principales novedades es la relación entre el grado de dependencia y el grado de discapacidad. Cuando la reforma entre en vigor en los términos aprobados por el Congreso:
- Si tienes reconocido un grado I de dependencia, se te reconocerá automáticamente un grado de discapacidad del 33%.
- Si tienes reconocido un grado II o III de dependencia, podrás obtener un reconocimiento del 65% de discapacidad.
El objetivo es evitar que una persona tenga que pasar por dos procedimientos administrativos diferentes.
Este reconocimiento puede resultar relevante para acceder a determinados derechos, ayudas y medidas vinculadas al grado de discapacidad. En el ámbito laboral, el 33% es también el porcentaje mínimo que permite ser reconocido legalmente como persona con discapacidad a efectos de acceder a diferentes recursos y medidas de empleo.
La información publicada por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 indica que este reconocimiento será automático. No obstante, todavía será necesario conocer cómo se desarrollará el procedimiento y si las personas interesadas tendrán que realizar algún trámite para recibir la documentación acreditativa.
La accesibilidad universal podrá reclamarse como un derecho
El proyecto reconoce la accesibilidad universal como un derecho. Esto permitirá que las personas con discapacidad puedan reclamar la accesibilidad de los servicios y edificios públicos. La accesibilidad universal incluye, entre otras cuestiones:
- La accesibilidad física de los edificios y espacios.
- La comprensión de la información.
- La accesibilidad de páginas web y servicios digitales.
- La disponibilidad de audiodescripciones.
- Los sistemas de comunicación adaptados.
- La señalización comprensible y accesible.
Para financiar las actuaciones necesarias, el proyecto prevé crear un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal. Esta iniciativa podrá apoyar intervenciones como la instalación de rampas o la incorporación de audiodescripciones.
El proyecto también modifica la Ley de Propiedad Horizontal para facilitar la realización de obras de accesibilidad en edificios residenciales. Según el Ministerio, en España hay unas 100.000 personas que no pueden salir de sus viviendas porque los edificios en los que viven no son accesibles. En este sentido, la reforma facilita las obras de accesibilidad, como la instalación de ascensores o rampas, mediante ayudas públicas y una menor aportación de las comunidades de propietarios, que pasa del 75% al 70% del coste.
La atención temprana será un derecho para los niños y niñas de 0 a 6 años
El proyecto reconoce la atención temprana como un derecho subjetivo para los niños y niñas de hasta 6 años que presenten trastornos en el desarrollo o riesgo de desarrollarlos.
Esto significa que las familias podrán solicitar esta atención a su comunidad autónoma y exigir que se proporcione, sin que el acceso dependa únicamente de la disponibilidad presupuestaria o de la existencia de plazas.
La atención temprana incluye intervenciones dirigidas a responder a las necesidades de los niños y niñas y de sus familias durante los primeros años de vida.
La aplicación concreta dependerá de las administraciones autonómicas y del desarrollo posterior de la norma.
Prohibición de discriminación en los seguros
La reforma prohíbe que una compañía de seguros cobre un precio superior en un seguro de hogar o de salud por el hecho de que la persona contratante tenga una discapacidad. El proyecto considera discriminatoria esta práctica. Una vez que la medida entre en vigor, la discapacidad no podrá utilizarse, por sí sola, para justificar un incremento del precio.
Una nueva figura de apoyo en los procesos judiciales
El proyecto regula la figura del facilitador procesal. Esta persona tendrá como función facilitar la comunicación entre los profesionales de la justicia y las personas que encuentren dificultades para comprender o participar en un procedimiento judicial.
El facilitador procesal podrá ayudar a que la persona comprenda mejor la información, las preguntas o las diferentes fases del proceso. Su objetivo será evitar situaciones de indefensión y permitir una participación efectiva en igualdad de condiciones.
Cambios en materia de dependencia
Posibilidad de combinar prestaciones de dependencia
Actualmente, determinadas prestaciones y servicios de dependencia pueden ser incompatibles entre sí. La reforma elimina este régimen de incompatibilidades para que cada persona pueda combinar diferentes apoyos en función de sus necesidades.
También se flexibilizará el Programa Individual de Atención, conocido como PIA. Este programa es el documento elaborado por los servicios sociales de las comunidades autónomas para determinar qué servicios o prestaciones corresponden a cada persona.
Con el nuevo sistema, una persona que permanezca en su domicilio podrá, por ejemplo, acudir a un centro de día y recibir al mismo tiempo cuidados familiares o teleasistencia.
La asistencia personal podrá prestarse fuera del domicilio
La asistencia personal se incorporará de manera expresa al catálogo de servicios de dependencia y podrá prestarse más allá del domicilio. Esto permitirá que el asistente personal acompañe a la persona en actividades cotidianas realizadas fuera de casa, como acudir al médico o hacer la compra.
La ampliación de la asistencia personal también puede ser relevante para otras actividades de participación social. Dependiendo de cómo se desarrolle la medida, estos apoyos pueden facilitar los desplazamientos, la formación o la realización de gestiones relacionadas con el empleo.
Reconocimiento de diferentes figuras de cuidado
El texto reconoce legalmente la figura de la persona cuidadora principal y la diferencia de la persona cuidadora no profesional.
También contempla que los cuidados puedan ser prestados por alguien del entorno cercano, aunque no sea familiar de la persona en situación de dependencia. De este modo, se tienen en cuenta diferentes formas de convivencia y relaciones de apoyo.
La Administración General del Estado asumirá las cotizaciones de las cuidadoras principales, que son mayoritariamente mujeres. También se prevé garantizar la continuidad de los cuidados cuando la persona cuidadora sufra una enfermedad grave o tenga que ser hospitalizada.
Menos tiempo para resolver las prestaciones de dependencia
El plazo para que las comunidades autónomas resuelvan una prestación de dependencia se reducirá de seis a tres meses.
¿Tiene algún impacto la reforma de la Ley de Discapacidad y Dependencia en materia de empleo?
Algunas novedades pueden tener consecuencias indirectas en el acceso al empleo:
- El reconocimiento automático del 33% de discapacidad puede facilitar el acceso a recursos y medidas laborales vinculados a este porcentaje.
- La asistencia personal fuera del domicilio puede ayudar a realizar actividades formativas, profesionales o relacionadas con la búsqueda de empleo.
- La mejora de la accesibilidad puede facilitar el acceso a servicios públicos, formación y oportunidades laborales.
- La simplificación de los trámites puede reducir el tiempo necesario para acreditar la discapacidad y solicitar determinados apoyos.
- El reconocimiento de la atención temprana como derecho puede favorecer desde la infancia el desarrollo, la autonomía y la adquisición de habilidades, sentando las bases para una futura inclusión educativa, social y laboral.
En cualquier caso, habrá que esperar al texto definitivo para conocer cómo se aplicarán estas medidas y su relación con los programas de empleo para personas con discapacidad.
¿Cuándo entrarán en vigor estos cambios?
Las medidas no están todavía en vigor como consecuencia de la votación del Congreso. El proyecto fue remitido al Senado el 14 de julio de 2026 y debe continuar su tramitación parlamentaria. Después de su aprobación definitiva, la ley deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Será necesario esperar a la aprobación y publicación del texto definitivo para conocer el alcance concreto de las medidas, su aplicación práctica y su fecha de entrada en vigor.
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