Certificado de discapacidad en España: ¿cuándo y cómo solicitarlo?

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La discapacidad no define a las personas, ni supone la falta de capacidades, habilidades o competencias. Es una condición de salud, psicológica y social que presenta gran diversidad de situaciones. Conlleva determinadas restricciones en el ámbito social, limitaciones para realizar una o varias actividades y/o deficiencias funcionales o estructurales. En ningún caso justifica la reducción ni la eliminación de derechos y libertades.

¿Qué es el certificado de discapacidad?

El concepto de discapacidad es una respuesta de protección social para compensar una situación de desigualdad que experimentan millones de personas en todo el mundo. Se reconoce administrativamente mediante el “certificado de discapacidad”.

A partir del 33% se reconoce la condición legal de persona con discapacidad.

El grado de discapacidad depende del contexto social en el que se produzca. Teniendo una condición de salud similar, la discapacidad es mayor en un entorno que no está preparado. No es lo mismo ser usuario de silla de ruedas en una ciudad con buenos niveles de accesibilidad que en un entorno rural.

Evolución del baremo de valoración de la discapacidad

Antes de 2023

Se aplicaba un modelo médico-rehabilitador. El grado de discapacidad se establecía principalmente en función de déficits físicos, sensoriales o mentales, y su impacto individual.

Desde abril de 2023

Se aplica un nuevo baremo basado en la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) de la OMS. Este modelo valora no solo las deficiencias, sino también cómo estas afectan a la participación social y la actividad diaria, teniendo en cuenta factores personales y del entorno.

Requisitos necesarios para obtener el certificado de discapacidad

Los requisitos generales se mantienen, pero adaptados al RD 888/2022:

– Residir legalmente en España.

– Estar empadronado en la comunidad autónoma donde se solicita.

– Presentar informes médicos recientes (y psicológicos o sociales si existen).

– Someterse a la valoración por equipo multiprofesional en el centro base.

Los cinco grupos principales de discapacidad

Discapacidad física

Engloba alteraciones corporales que dificultan el movimiento y/o motricidad,  restringiendo la actividad y participación en las actividades cotidianas. La discapacidad física se divide, a su vez, en funcional y orgánica.

MOTRIZ: movilidad reducida por afecciones reumáticas, óseas o traumáticas, enfermedades musculares o miopatías, parálisis cerebral, tetraplejias, paraplejias o hemiplejias, acondroplasia.

ORGÁNICA: afectación de órganos internos (piel, riñón, corazón, aparato respiratorio o reumáticas).

Discapacidad psicosocial

Esquizofrenia, trastorno depresivo, trastorno del pánico, trastorno bipolar, TOC, fobias (social), trastornos de la alimentación, párkinson u otras enfermedades del sistema nervioso central, alzhéimer.

Discapacidad intelectual

Personas con limitaciones en el funcionamiento intelectual o en conductas adaptativas.

Discapacidad sensorial

AUDITIVA: hipoacusia, pérdida inferior a 75dB, deficiencias auditivas y sordera.

VISUAL: ceguera, deficiencia visual o baja visión.

Trastorno del espectro autista (TEA), Trastorno de déficit de atención e hiperactividad (TDAH), Dificultad específica del aprendizaje (DEA), Trastornos de la comunicación.

Ventajas de solicitar el certificado de discapacidad

El certificado de discapacidad en España da lugar a beneficios y ventajas, especialmente en el empleo, educación, salud, vivienda, transporte, así como en el ámbito fiscal. Estos beneficios pueden variar en función del tipo de discapacidad. Existen beneficios y ventajas a nivel estatal, autonómico y local.

Si estás buscando empleo, es importante que sepas que las empresas obtienen beneficios por la contratación de personas con certificado de discapacidad. Además, existe una normativa legal, Ley General de los Derechos de las Personas con discapacidad y su inclusión social (LGD), que exige a las empresas de más de 50 trabajadores la obligatoriedad de incorporar un porcentaje de empleados con discapacidad no inferior al 2%. El incumplimiento de esta ley es objeto de sanción por parte de los organismos públicos.

Conoce más sobre la LGD pinchando aquí.

Pero además, existen otras muchas ventajas fuera del ámbito laboral:

VENTAJAS GENERALES DEL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD

IMPUESTOS● Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
● Impuesto sobre sociedades (IS)
● Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
● Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
● Impuesto especial sobre determinados medios de transporte
● Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
VIVIENDA● Ayudas para la adquisición de una vivienda de protección pública, para la accesibilidad y la adaptación de edificios e inmuebles.
EDUCACIÓN/FORMACIÓN● Becas, ayudas y recursos educativos para personas con discapacidad
MOVILIDAD● Tarjeta de estacionamiento por movilidad reducida
AYUDAS PRIVADAS● Servicios para clientes de determinadas empresas privadas, como es el caso de RENFE, MRW, Telefónica…
ECONÓMICAS● PNC (Pensiones No Contributivas). A partir del 65% de discapacidad y a partir de los 18 años
EMPLEO● Ayudas técnicas en la adaptación del puesto de trabajo
● Orientación por parte de la Fundación Adecco
SALUD● Ayudas económicas para tratamientos ambulatorios de carácter rehabilitador (logopedia, fisioterapia…)


Presentar la solicitud del reconocimiento de discapacidad, juntos a los informes médicos, psicológicos o sociales que acrediten la situación.

1. Solicitud inicial

Se puede presentar de forma presencial en registro o por medios telemáticos.

2. Valoración profesional

La solicitud pasa a un equipo multiprofesional de valoración, que suele estar compuesto por profesionales de medicina, psicología y trabajo social.
Estas personas analizan la información aportada y citan al solicitante para una entrevista personal y exploración. Esta cita permite obtener datos directos sobre el impacto de la condición de salud en la vida diaria, la autonomía personal y la participación social.

3 . Resolución y notificación

La última fase corresponde a la resolución administrativa, que es emitida por la autoridad competente de la comunidad autónoma.
En ella se reconoce, modifica o deniega el grado de discapacidad solicitado, indicando la fecha de efectos, el porcentaje asignado y las revisiones previstas.
La resolución se notifica por correo, vía electrónica o mediante comparecencia en la sede electrónica. A partir de entonces, la persona puede acceder a los derechos y beneficios vinculados al grado de discapacidad obtenido.

4. Fase de reclamación

Si la persona no está de acuerdo con la resolución, puede presentar una reclamación:

  • Primero mediante un recurso de alzada ante la administración competente.
  • Y, si procede, acudir posteriormente a la vía judicial (contencioso-administrativa).

Irene Gil
Irene Gil
Periodista. Más de 10 años dedicada a la Comunicación corporativa, profundizando en la situación social y laboral de las personas que lo tienen más difícil.

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