El finiquito: todo lo que debes saber

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El fin de la relación laboral entre empresa y trabajador puede deberse a muchas causas: mutuo acuerdo entre las partes, fin del contrato, dimisión del trabajador, jubilación, despido disciplinario, terminación de la obra o servicio que dio lugar al contrato, etc. No siempre el trabajador recibirá una indemnización (compensación económica), pero sí el llamado finiquito.

¿Qué es el finiquito o fin de contrato?

Es un documento -la última nómina- en el que se incluyen las deudas pendientes que la empresa tiene con el trabajador en el momento en el que finaliza la relación laboral. Todos los trabajadores tienen derecho a recibir finiquito siempre que salgan de una empresa.

¿Qué incluye el finiquito?

Es necesario que el finiquito contemple los siguientes puntos:

  • El pago correspondiente al salario por los días trabajados durante el mes en el que se produzca la finalización del contrato.
  • La parte proporcional de las pagas extraordinarias que estén pendiente de pago.
  • Las vacaciones no disfrutadas. 
  • Las percepciones no salariales pendientes de pago. 
  • Las posibles pagas extraordinarias estipuladas en el convenio colectivo aplicable (tales como beneficios o incentivos) y cualquier indemnización que corresponda.

¿El finiquito va incluido en la nómina?

Lo habitual es que el finiquito sea entregado el mismo día de la carta de despido. Sin embargo, si se desea realizar el pago del finiquito en una fecha posterior, se recomienda acordar dicha fecha una vez finalizada la relación laboral, dejando constancia de las cantidades y plazos para su abono. De esta forma se asegura una negociación justa y transparente en relación al pago de las cantidades estipuladas.

¿Cómo se calcula el finiquito?

En el momento de comunicar el fin del contrato, el empleador debe entregar al trabajador un documento con la cuantía a pagar que incluya:

  • Salario de los días trabajados desde la última nómina.
  • Pagas extra devengadas.
  • Vacaciones no disfrutadas.
  • Horas extras no cobradas.
  • Liquidación de ingresos variables como comisiones, bonus, primas, etc.

 A continuación te explicamos con detalle cómo calcular las más comunes.

Salario de los días trabajados desde la última nómina

Esta parte se refiere al total del salario correspondiente por el trabajo realizado en el mes en curso. Pongamos un ejemplo para hacerlo más sencillo.

Un trabajador que cobra una cuantía de 1400 euros mensuales, ha trabajado durante 16 días en el mes en curso antes de que lo despidan, pues el cálculo de esta parte sería el siguiente. 

1400€/30 días al mes = 46,67€ por día trabajado.

Como en este caso el total de días trabajados durante el mes en curso ha sido de 16, tendríamos que multiplicar 16 días X 46,67 (salario día), lo que ascendería a 746,67€ para esta parte del finiquito. 

Pagas extra devengadas

En cuanto a las pagas extraordinarias podemos tener dos situaciones, en el caso de que las pagas extraordinarias estuvieran prorrateadas, no tendríamos que hacer ningún cálculo respecto a esta parte en el finiquito, ya que las hemos ido cobrando mes a mes.

Respecto al segundo escenario posible, en nuestro trabajo podríamos tener 14 pagas, las cuales se reciben durante los meses de verano y de invierno. Par el ejemplo de este caso, simularemos que las recibimos en junio y diciembre.

Un trabajador que deja el trabajo el 1 de noviembre, habrá disfrutado de la totalidad de la paga de verano, pero le queda pendiente cobrar la parte proporcional a la que le corresponde de invierno. Supongamos que esté trabajador percibe un salario de 1400 euros mensuales. 

Para realizar el cálculo, tendríamos que dividir 1400€/365 días del año, que nos daría un total de 3,84€ aproximados.

A continuación, deberemos multiplicar el número de días desde que cobró la última paga extra, hasta el día que ha sido despedido o ha causado baja voluntariamente. En este caso serían 150 días (desde el 1 de junio hasta el 1 de noviembre) X 3,84€ día/paga extra, que ascendería a un total de 576 euros.

Vacaciones no disfrutadas

En el caso de no haber disfrutado de las vacaciones correspondientes, el trabajador tiene derecho a cobrar estos días. Generalmente, y a excepción de algunos convenios, la cuantía de días de vacaciones asciende a 30 días por año trabajado.

Siguiendo con el ejemplo anterior, en el que el trabajador terminó en la empresa el 1 de noviembre, pero disfrutó de 2 días de vacaciones durante ese año.

Para hacer el cálculo de cuánto le corresponde por los días de vacaciones no disfrutados, tendríamos que calcular el número de días que le corresponden hasta el 1 de noviembre. 

Hasta el 1 de noviembre han pasado un total de 305 días, por lo que el cálculo sería el siguiente: (30 x 305) / 365 = 25 días aprox. menos los dos días que ha disfrutado, sería un total de 23 días de vacaciones que le faltan por cobrar.

El salario diario para un sueldo de 1400€ euros mensuales lo hemos calculado anteriormente y asciende a 46,67€ por día.

Por lo que el cálculo para saber cuánto le corresponde por los días de vacaciones no disfrutados sería de 23 x 46,67€ = 1073,41€

H3:  Otros beneficios

  • Horas extras no cobradas: se pagarán según la remuneración establecida legalmente.
  • Liquidación de ingresos variables como comisiones, bonus, primas, etc. Se abonarán de manera proporcional, al igual que hemos explicado en otros conceptos anteriormente.

¿Hay un plazo determinado para la entrega del finiquito?

No existe un plazo exacto, pero lo habitual es que el finiquito se entregue el último día que el empleado preste sus servicios a la empresa. Aunque hay ocasiones en las que la finalización del contrato es conocida por ambas parte con mucha antelación (en contratos temporales, por ejemplo), el empleador debe entregarlo el último día de trabajo para ajustar la cantidad al tiempo trabajado, calculando todos los conceptos que el finiquito debe incluir. De no entregarse el último día, la empresa debe hacerlo lo antes posible. El abono debe producirse en el momento en el que la relación laboral termina, no cuando se recibe la nómina.

¿Qué hay que tener en cuenta antes de firmar?

El empleado tiene derecho a estar acompañado por un representante de los trabajadores en el momento de la entrega del documento. Antes de firmar, también es conveniente fijarse en que todas las cantidades son correctas, así como las fechas y datos que figuren en el mismo. Si no es posible revisar todas estas cuestiones en el momento de la firma, siempre es aconsejable añadir alguna frase como «pendiente de revisión» o «no conforme» para que llegado el caso de tener que reclamar alguna cuestión en el futuro sea más sencillo.

El plazo para reclamaciones es de un año desde la firma del finiquito. Si se ha producido un despido que se quiere impugnar, se pueden presentar ambas acciones al mismo tiempo, pero teniendo en cuenta que el plazo es mucho más reducido en este segundo caso, 20 días.

¿Cuándo se tiene derecho al finiquito?

El finiquito es un derecho fundamental y que debe abonarse al trabajador al finalizar la relación laboral, bajo cualquier circunstancia.

Por el contrario, a lo que no siempre se tiene derecho es a la indemnización, ya que esta, sí depende de la causa de la baja laboral del trabajador.

¿Tengo derecho a finiquito si dejo voluntariamente la empresa?

Sí, todos los trabajadores tienen derecho al finiquito, aunque sean ellos los que pongan fin a la relación laboral. En estos casos el trabajador tiene la obligación de preavisar al empleador para que este pueda tener calculado el finiquito para el último día de trabajo.

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