¿Qué es y cuándo se cobra la paga extraordinaria?

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Si estás comenzando tu primera experiencia laboral y no entiendes bien todos los conceptos que aparecen en tu contrato, es importante que conozcas el desglose de tu salario bruto, como el caso de la paga extraordinaria.

Pese a que cada contrato es diferente, hay ciertos puntos que suelen repetirse y, justamente, las gratificaciones extraordinarias están presentes en la mayoría de estos acuerdos laborales.

¿Las pagas extra son obligatorias?

El Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto de los Trabajadores, establece que «el trabajador o la trabajadora tendrá derecho a dos pagas extraordinarias por año». 

La fecha de tales gratificaciones serán definidas en el contrato colectivo, al igual que su cuantía (más abajo te lo explicamos). No obstante, la ley define que la cantidad no podrá ser inferior a 30 días del salario base.

¿Cuándo se cobran las pagas extras?

Tal como se menciona anteriormente, las fechas de las pagas extras deben quedar expresadas en el contrato colectivo. De todas formas, la ley establece que una de estas pagas se realizará «con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores»; suele ser en los meses de verano.

Sin embargo, también se podrá acordar por convenio que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce pagas. Una práctica bastante frecuente.

¿Qué significa que la paga extra sea prorrateada?

Cuando el contrato de trabajo indica que las gratificaciones extraordinarias estarán prorrateadas, significa que cada mes del año se recibirá un monto mayor, pero no existirá paga extraordinaria en Navidad o los meses de verano.

Por ejemplo, si la paga extraordinaria considerada son 1.200 euros, ese monto se divide en los doce meses del año. Es decir, si el salario mensual es de 1.000 euros, considerando la paga prorrateada quedaría en 1.100 euros mensuales.

Si la paga extraordinaria no estuviera prorrateada esos 1.200 euros se dividirían en 600 euros extra en el salario de dos meses del año (Por ejemplo, en agosto y diciembre).

En el caso de las empresas que prorratean la paga extra, muchas veces la tienen considerada en el salario bruto que indican en la oferta de empleo, por lo que es importante leer con detención el contrato.

¿Cuáles son los diferentes tipos de pagas extra?

La Ley del Estatuto de los Trabajadores menciona dos tipos de pagas extra, siempre que no estén prorrateadas. Generalmente una de ellas es en junio o julio, al comenzar el verano, y la segunda, a final de año.

En el caso de las gratificaciones extraordinarias prorrateadas, el pago estará dividido en doce meses, por lo que no se considera entre los dos tipos mencionados.

¿Puedo tener más de dos pagas extras?

Lo establecido legalmente, es que debe de haber dos pagas extraordinarias al año. Pero esto no significa que pueda haber convenios colectivos que mejoren estas condiciones y establezcan más de dos pagas extras, por lo que sí es posible recibir más de dos pagas extraordinarias.

Pagas extra estando de baja

Si, estando de baja, se tiene derecho a cobrar la paga extra, al igual que si no lo estuviéramos. El hecho de que un contrato se encuentre temporalmente suspendido a causa de una baja médica no es razón legal para que el trabajador no goce de este derecho. Pero sí que hay unos ciertos requisitos que el trabajador debe cumplir, estos requisitos son los siguientes:

  • La duración máxima de la baja laboral debe ser de 365 días, con posibilidad de prorrogar hasta 180 días más.
  • Para poder disfrutar del cobro de la paga extraordinaria es obligatorio haber cotizado al menos 180 días, en los últimos 5 años.
  • Se requerirá que el trabajador esté dado de alta en la seguridad social o en una situación similar.

¿Tienen que pagarme la paga extra en el finiquito?

Cuando se produce la extinción del contrato, entre el trabajador y la empresa, esta última deberá abonar al trabajador la parte proporcional de las pagas extraordinarias que haya generado durante el periodo de trabajo y que no haya recibido en la nómina. Pero existen dos casos para calcular esta cuantía: 

  1. En el caso de que las pagas extraordinarias sean prorrateadas, el trabajador solo recibirá la cuantía proporcional a los días que haya trabajado durante ese mes. Pongamos un ejemplo para dejarlo más claro. Imaginemos que un trabajador recibe unos 200 euros mensuales en concepto de paga extra. Para calcular lo que le correspondería ese mes habría que dividir los 200 euros entre 30 días que tiene el mes y multiplicarlo por los 15 días trabajados, lo cual daría un total de 100 euros.
  2. En el caso de que las pagas extraordinarias no estén prorrateadas, el trabajador tendrá derecho a cobrar también la cuantía proporcional, pero generada mes a mes. Pongamos otro ejemplo para dejarlo más claro. Imaginemos que un trabajador que cobra una cuantía de 1500 euros mensuales y recibe dos pagas extraordinarias (una en junio y otra en noviembre), finaliza el contrato de trabajo en agosto. Este trabajador tendrá derecho a cobrar íntegramente la paga extra de verano (porque ha trabajado todos los meses hasta junio), pero de la paga extraordinaria de Navidad solo le corresponde dos meses (julio y agosto), lo que daría 1500 euros íntegros de la paga extraordinaria de verano y 250 euros de la paga extraordinaria de invierno, la cual se calcula de la siguiente manera.
    1500 Euros /6 meses, lo que nos daría lo que le corresponde de paga extra por mes trabajado y se multiplicaría por los 2 meses trabajados=250 euros.

¿Cómo se calculan las pagas extra?

Normalmente la cuantía de la paga extra está establecida por convenio colectivo, aunque legalmente no puede ser inferior a 30 días del salario base fijado o del salario mínimo interprofesional

El cálculo de la paga extra en la nómina, se determina de una manera bastante sencilla, pero será diferente atendiendo a dos modalidades que te explicamos a continuación.

  1. En el caso de que las pagas extras estén prorrateadas, se cogerá el montante perteneciente a las pagas extras y lo dividiremos entre el número total de meses que tenga el año, sumándole a la nómina mensual el resultado de esta operación.
  2. En el caso de que las pagas extras no estén prorrateadas y se den dos veces al año (como mínimo), aparecerá reflejado en la nómina el pago de la misma, o podrá venir reflejada en otra nómina aparte.

En el caso de que el trabajador no haya trabajado el año completo, se tendrá que prorratear el montante de la paga extraordinaria, por los meses trabajados, haciendo un cálculo sencillo, dividiendo el número de meses trabajados y pagando la parte proporcional al periodo trabajado.

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