Contratar mujeres víctimas de la violencia de género. Claves
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Contratar mujeres víctimas de la violencia de género. Claves

Contratar mujeres víctimas de la violencia de género. Claves

¿Te gustaría contratar a mujeres víctimas de la violencia de género y contribuir a detener esta lacra social, pero tienes dudas? La incorporación laboral de mujeres víctimas está regulada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género que establece, además de bonificaciones fiscales por contratar mujeres víctimas, otros derechos y obligaciones.

Sin embargo, en la práctica muchas mujeres NO comunican su condición de víctimas y, por tanto, esta ley no llega a hacerse efectiva. Por un lado, las mujeres creen que en las empresas sigue habiendo estigma, al asociarlas con personalidades inseguras o conflictivas, mientras que algunas  empresas temen que la incorporación de una mujer víctima exija una flexibilidad y unas condiciones para las que no están preparadas. Desde la Fundación Adecco queremos ayudar a desmitificar la situación y por eso hace poco desarrollamos una jornada de sensibilización, de la mano de expertas de Aba Abogadas, que nos ayudaron a responder a algunas preguntas clave. Este evento se enmarcó en la Semana de actividades que la Fundación Adecco realizó en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la violencia contra la mujer, con la colaboración de Aqualia, Consum, Endesa, Grupo Red Eléctrica, PRAHealthSciences, Talgo, Ucalsa y la firma de servicios profesionales EY.

¿Qué tiene que presentar una mujer a la empresa para acreditar su condición de víctima?

Para acreditar su condición de víctima de la violencia de género, la empleada debe presentar uno de las siguientes justificaciones: a) sentencia condenatoria por un delito de violencia de género; b) orden de protección; c) resolución judicial con una medida cautelar a favor de la víctima; d) informe del Ministerio Fiscal que señale indicios de que la mujer es víctima de la violencia de género; e) informes de los servicios sociales o de acogida destinados a las víctimas de la violencia de género, del organismo público competente.

¿A qué bonificaciones tiene derecho una empresa si incorpora a una mujer víctima a su plantilla?

Según la Guía Laboral del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, las organizaciones que contraten a mujeres víctimas de la violencia de género tendrán derecho a algunos beneficios fiscales, entre otros: 1.500 euros al año, durante 4 ejercicios, por cada contratación indefinida a tiempo completo o 600 euros al año, si el contrato es temporal, durante toda su vigencia. También tendrán derecho a subvenciones relacionadas con la movilidad geográfica. Consulta aquí todas las bonificaciones por contratación de mujeres víctimas de la violencia de género.

¿Qué obligaciones tiene que contraer una empresa con su empleada víctima de la violencia de género?

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (BOE nº 313 de 29 de diciembre de 2004)  garantiza, a las mujeres que son o han sido víctimas de violencia de género, una serie de derechos laborales y de Seguridad Social, con la finalidad de que puedan conciliar sus obligaciones laborales con sus necesidades de protección y recuperación integral. Entre otros derechos: reducción de jornada o reordenación de la misma (siempre para hacer efectiva su protección o asistencia integral) o el derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo, del mismo puesto o categoría, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo. Consulta aquí todos los derechos laborales de las trabajadores víctimas de la violencia de género.

Me preocupa que, si contrato a una mujer víctima, se ausente constantemente de su puesto de trabajo

Las ausencias siempre se enmarcan en la protección o asistencia integral de la empleada, de modo que puede solicitarse la justificación correspondiente. En cualquier caso, estos trámites son siempre puntuales y en la mayor parte de los casos no afectan a la productividad global de la empleada. Muy al contrario, su compromiso suele ser doble, debido a las dificultades que atraviesa y a la necesidad de independencia económica para salir adelante. Las mujeres víctimas quieren dejar de serlo y no tener que acogerse a estos derechos.

¿Se puede despedir a una mujer víctima de la violencia de género?

Sí, si la empresa acredita causas objetivas de despido -económicas, técnicas, organizativas y/o de producción-o bien si el despido es disciplinario (debido a faltas injustificadas no relacionadas con la situación familiar, indisciplina, ofensas verbales y/o físicas, transgresión de la buena fe contractual, disminución continuada y voluntaria en el rendimiento, embriaguez habitual o acoso a las personas que trabajan en la empresa). En ambos casos el despido es considerado procedente.

¿Qué acciones positivas puede desarrollar mi empresa para apoyar y comprometerse con la causa de la violencia de género?

1) Informar a la plantilla, a través de los canales de comunicación interna, de los derechos reconocidos legalmente a las víctimas de la violencia de género, contemplando las mejoras incluidas en los convenios colectivos y/o Planes de Igualdad.

2) Establecer protocolos de actuaciones básicas en caso de violencia de género, que no condicionen la protección a la presentación de la denuncia. Habrá de integrarse la violencia de género en las políticas de Ethics and compliance, incorporando principios relativos a la violencia de género en el Código de Conducta y haciéndolos extensivos a todos los Grupos de Interés, empezando por los propios empleados. Tomando como referencia el Código ético promovido desde el Comité de Dirección, es preciso establecer claros mecanismos internos de prevención, control y reacción. Por ejemplo, políticas de puertas abiertas, buzones de denuncia confidenciales o líneas telefónicas de ayuda. La formación en compliance a toda la plantilla es fundamental en este sentido.

3) Colaborar con fundaciones, asociaciones o despachos de abogados expertos en la atención y/o inserción laboral de las mujeres víctimas de la violencia de género.

4) Desarrollar estrategias de Diversidad, equidad e inclusión (D&eI)

Las estrategias de Diversidad, equidad e inclusión (De&I) son la fuente de la que han de emanar todas las políticas e iniciativas dirigidas a la plena inclusión de las mujeres víctimas en las empresas. Entre otros, deben de contemplar los siguientes elementos estratégicos:

5) Consolidar el modelo de «Talento sin etiquetas» en los procesos de selección

El compromiso de la alta dirección debe cristalizar tanto en la sensibilización de todos los mandos intermedio y jefes de equipo, como en el área de Recursos Humanos en particular. Solo así pueden desterrarse los prejuicios que habitualmente asocian a las mujeres víctimas con personalidades inseguras, problemáticas o sin iniciativa, para dar paso a una visión renovada que ponga el foco en sus valores y/o competencias reales. De este modo, se pone fin a la discriminación y se impulsa su contratación.

¿Qué intangibles aporta una mujer víctima de la violencia de género en el desempeño de su trabajo?

El compromiso del tejido empresarial es decisivo para normalizar su vida, como generador de oportunidades laborales para que las mujeres salgan del círculo de la violencia, a través de un empleo que les proporcions independencia económica, social, psíquica y emocional.  Sin embargo, no se trata únicamente de una cuestión de justicia o responsabilidad social, sino que también refuerza la diversidad de la empresa e incrementa su competitividad. No en vano, las mujeres que han vivido una situación de este tipo suelen ver reforzados valores como el compañerismo, la empatía, la capacidad de escucha o la atención a los detalles.

#EmergenciaPorElEmpleo: déjate ayudar por profesionales

La Fundación Adecco, ha activado el proyecto #EmergenciaPorElEmpleo de los más vulnerables, para impactar en las unidades familiares más frágiles, apelando al compromiso del tejido empresarial para ayudar a 10.000 personas cuyos hogares se encuentran en grave riesgo de exclusión, siendo las víctimas de la violencia de género un target clave.

Frente a otras personas que han perdido su trabajo con la pandemia, los beneficiarios de la Fundación Adecco  estas mujeres necesitan una media de 12 meses más para encontrar oportunidades reales de trabajo, en la medida en que afrontan situaciones de extrema complejidad: desempleo de muy larga duración, carencias de autoestima, agotamiento de todas las prestaciones o nivel formativo y socioeconómico muy bajo.

Para canalizar estas necesidades, el proyecto #EmergenciaPorElEmpleo hace un llamamiento a las empresas para que se comprometan con la inclusión laboral de las víctimas siendo el empleo el mejor proyecto social para desarrollar: “Ahora más que nunca, el papel de las empresas es crucial para que la exclusión y la pobreza no se enquisten en nuestro país. La única alternativa para frenar la desigualdad y la brecha social es la construcción de alianzas estratégicas que den respuesta al creciente número de desempleados en riesgo de exclusión”- destaca Francisco Mesonero, director general de la Fundación Adecco.

Asimismo, la Fundación Adecco recuerda el importante papel del Estado para liderar, promover e impulsar programas de inserción sociolaboral y políticas activas de empleo que den respuesta al creciente número de desempleados en riesgo de exclusión que se prevén en los próximos meses y cuya situación de vulnerabilidad se agrava en casos como el de las víctimas de la violencia de género. “La colaboración público-privada será la llave para aliviar la presión sobre los Servicios Públicos de Empleo y poder atender de forma personalizada a los parados con más dificultades. La inclusión laboral de las víctimas de la violencia de género ha de abordarse desde un conocimiento integral, que contemple sus necesidades específicas e impacte en fases previas a la búsqueda de empleo como la recuperación de la autoestima o la capacidad de comunicación”- concluye Mesonero.

¿Quieres contribuir a la inclusión laboral de las mujeres víctimas de la violencia de género? Contacta con nosotros

Irene Gil
irenegilromero@gmail.com

Periodista. Más de una década profundizando en la situación social y laboral de las personas en riesgo de exclusión.

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