Qué es el IPREM

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¿Qué es el IPREM? Se trata del acrónimo de «Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples» y es la referencia que se emplea para calcular la concesión de subsidios, becas, subvenciones y ayudas tales como: el importe de la prestación por desempleo, becas de estudio o formación, acceso a viviendas de protección oficial, servicios de asistencia jurídica gratuita, indemnización por despido, etc. Además, no solo marca la cuantía de estas prestaciones, sino el límite a partir del que una persona o familia tiene derecho a las mismas. En otras palabras, a qué ayudas o beneficios podría acceder en función de sus ingresos (normalmente se exige que éstos no sobrepasen un determinado número de veces el IPREM). El IPREM se publica anualmente en la Ley de Presupuestos.

En el plano empresarial y, entre otras aplicaciones, es el índice de base para cuantificar las donaciones dentro de las medidas alternativas establecidas por la Ley General de la Discapacidad.

¿Qué diferencia hay entre el IPREM y el salario mínimo interprofesional?

El IPREM surgió en el año 2004 en sustitución del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que hasta el momento era el  indicador de referencia para el cálculo de ayudas. El inconveniente del SMI era que ocasionaba una contradicción: aunque un aumento del SMI beneficiaba a los trabajadores por cuenta ajena, que cobraban más, hacía descender el potencial número de beneficiarios de ayudas. Por otra parte, el SMI corre a cargo de los empresarios mientras que el IPREM sale de las arcas del Estado: así, con la creación del IPREM, una subida del salario mínimo no impacta en el gasto público. El IPREM surge, por tanto, como solución para desvincular salarios de ayudas. Por su parte, el SMI queda reservado al ámbito laboral.

Qué implica una subida del IPREM

En los últimos años, el SMI ha ido creciendo, mientras que el IPREM ha permanecido prácticamente congelado. Este estancamiento ha influido en el poder adquisitivo de los  perceptores de subsidios ya que, tras una década con el IPREM congelado, el que cobra una prestación tiene la misma que hace 10 años, pero con un coste de vida superior en la actualidad. En otras palabras, si sube el IPREM, crece también la cuantía de las prestaciones, pero también se restringe el acceso a los beneficiarios.

IPREM en 2023

El IPREM se actualiza anualmente a través de la Ley de Presupuestos. Para determinar si nuestros ingresos superan un cierto número de veces el IPREM actual, debemos utilizar el valor más reciente.

Por ejemplo, algunas ayudas, como el acceso a viviendas de protección oficial (VPO), están restringidas a aquellos cuyos ingresos no superen 5,5 veces el valor del IPREM vigente. En este caso, multiplicaremos dicho valor por 5,5 y comprobaremos si nuestros ingresos anuales, según la declaración de la renta, superan ese monto. 

En el caso del año vigente 2023, el IPREM se ha situado de la siguiente manera:

  • IPREM mensual 2023: 600€
  • IPREM anual 2023 a 12 pagas: 7.200€
  • IPREM anual 2023 a 14 pagas: 8.400€

Cómo calcular el IPREM para un ayuda

Partiendo del ejemplo anteriormente propuesto, si el acceso a una vivienda de protección oficial está restringido a ingresos superiores a 5,5 veces el valor del IPREM, no podrán optar aquellas familias que sumen 3300 de ingresos mensuales. Es decir, si uno de los miembros de la familia aporta 2000 euros mensuales y otro 1500, se quedarán fuera, ya que la suma de ambos ingresos alcanzará los 3500 euros, 200 más de los establecido por el IPREM en vigor.

Cómo afecta el IPREM al cumplimiento de la Ley General de la Discapacidad

El IPREM es también el indicador de referencia para calcular la cuantía de donación de la medida alternativa marcada por la Ley General de los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. Recordemos que las empresas de más de 50 trabajadores tienen la obligación legal de incorporar a un porcentaje de profesionales con discapacidad no inferior al 2% y, si no pueden cumplir a través de la contratación directa, pueden acogerse, entre otras, a las siguientes medidas:

  • Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo.
  • La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.

Para calcular la cuantía de donación, primero hay que conocer el número total de trabajadores en plantilla (media anual) y aplicar el 2%.
A esta cifra habría que restar los trabajadores con discapacidad y multiplicar el resultado por 1,5 (en el caso de una donación a entidad que apueste por la inclusión de las personas con discapacidad) o por 3 en el caso de contratar bienes y servicios en un Centro Especial de Empleo. El resultado habría que multiplicarlo por el IPREM y el producto correspondería a la cuantía de donación por medida alternativa.

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