Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que esté situada tu empresa puede haber un redondeo de la cifra para cumplir la LGD. Si tienes alguna duda, en Fundación Adecco podemos darte más información, alguna duda sobre por qué cumplir la LGD o proponerte vías para desarrollar tu estrategia de RRHH, diversidad e inclusión.
Para ayudar a las compañías a conocer su situación actual en cuanto a la Ley General de las Personas con Discapacidad y su inclusión social (abreviada como LGD, antigua LISMI), desde la Fundación Adecco ofrecemos esta sencilla calculadora en la que únicamente ha de introducirse el número de personas en plantilla y el de aquellas que tienen discapacidad. La calculadora devuelve automáticamente el importe a destinar en donaciones a entidades sin ánimo de lucro cuyo fin fundacional sea la inclusión laboral de personas con discapacidad, así como en compras a Centros Especiales de Empleo, en caso de no poder abordar la contratación de forma directa y tener que acogerse a las Medidas alternativas .
Esta herramienta te ayudareá en la toma de decisiones con datos cuantitativos, de modo que puedas planificar tus estrategias ya que cumplir con esta regulación no es solo un imperativo legal, sino que aporta un incuestionable valor a las políticas de Diversidad & Inclusión y RRHH de las empresas.
El cálculo para la donación se realiza a través del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), actualizado a enero de 2021.
Contexto
Todas las empresas españolas, públicas o privadas, deben cumplir con la Ley General de los Derechos de las Personas con discapacidad y su inclusión social, abreviada como LGD (antigua LISMI) , a través de la incorporación de un 2% de empleados con certificado de discapacidad en su plantilla. En los casos en los que las empresas no puedan abordar esta contratación directamente, la ley contempla una serie de Medidas alternativas que se traducen, fundamentalmente, en donaciones a entidades cuya misión es la plena inclusión de las personas con discapacidad o compras a Centros Especiales de Empleo (CEE). (Ver cómo tramitar Certificado de excepcionalidad).
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