¿Qué es un Centro Especial de Empleo?

Comparte

El Servicio Público de Empleo EstatalSEPE– define el Centro Especial de Empleo (CEE) como una empresa cuyo fin es proporcionar a los trabajadores con discapacidad la posibilidad de realizar un trabajo remunerado y productivo, adecuado a sus características personales y que, a su vez, facilite la integración de éstos en el mercado ordinario de trabajo. (Ver, ¿qué es una empresa ordinaria?).

Para que nos entendamos,  un Centro Especial de Empleo es un entorno laboral concebido y diseñado específicamente para las personas con discapacidad, donde las funciones y tareas desempeñadas se adecuan a su situación y necesidades.  Los CEE deben contar en sus plantillas con, al menos, un 70% de  empleados con  alguna discapacidad reconocida.

Por su naturaleza, los CEE también son conocidos como «entornos de trabajo protegidos» , ya que las personas con discapacidad están permanentemente tuteladas.

El Centro Especial de Empleo cumple una importante misión social, en la medida en que ofrece a las personas con discapacidad una posibilidad para iniciarse profesionalmente, adquiriendo las habilidades y competencias esenciales para competir en el mercado ordinario. [Ver diferencias entre empleo ordinario y empleo protegido].

Centro Especial de Empleo, ¿fin o medio?

La actual legislación del Centro Especial de Empleo defiende  que éstos deben representar una ayuda para la inserción laboral de las personas con discapacidad , un «trampolín» que les permita dar el salto a la empresa ordinaria, con una mayor preparación y seguridad. . En definitiva, han de ser un enlace que les conecte con los entornos convencionales de trabajo.

Sin embargo, los datos oficiales indican que la tendencia es que el Centro Especial de Empleo termine por constituir un fin en lugar de un medio, lo cual puede resultar razonable en  ciertas discapacidades y en ciertas circunstancias , pero no así en otros muchos casos. Actualmente, el 71% de los contratos firmados por personas con discapacidad tienen lugar en Centros Especiales de Empleo, cifra que se repite año tras año y que cuestiona su carácter transitorio.

Según Francisco Mesonero, director general de la Fundación Adecco: «el Centro Especial de Empleo, un sistema de protección necesario y transitorio, se está convirtiendo en una medida finalista para muchas personas con discapacidad que podrían trabajar en entornos convencionales de trabajo. Sin negar la misión social que cumplen, es en la empresa ordinaria donde el concepto inclusión alcanza su plena coherencia, pasando la discapacidad pasa a un segundo plano y prevaleciendo el talento y las competencias profesionales. Por ello, han de establecerse indicadores reales de tránsito al mercado ordinario para que, siempre que sea posible, los trabajadores con discapacidad puedan acceder al mismo».- recalca Mesonero.

Medidas alternativas a la LGD

La ley general de la discapacidad exige a las empresas de más de 50 trabajadores la obligación de incorporar un porcentaje de profesionales con discapacidad no inferior al 2%. Sin embargo, aquellas empresas que por motivos técnicos u organizativos no puedan cumplir con la ley a través de la contratación directa, pueden acogerse a la medida alternativa, que contempla principalmente 2 modalidades: la colaboración con Centros Especiales de Empleo para la adquisicion de materias primas y/o prestaciones de servicios, y la  realización de donaciones y de acciones de carácter monetario a entidades, como la Fundación Adecco, cuyo objeto social sea la insercion laboral de personas con discapacidad. Desde la Fundación Adecco apostamos por la creación de empleo en el mercado laboral ordinario -como comentábamos, el máximo exponente de la inclusión-.

Si quieres que te ayudemos en el cumplimiento de la Ley General de la Discapacidad a través de la promoción del empleo de las personas con discapacidad en tu empresa, no dudes en contactar con la Fundación Adecco .

Comparte

Puede interesarte