
03 Nov Qué es el IPREM y cómo afecta al cumplimiento de la Ley de Discapacidad
¿Qué es el IPREM? Se trata del acrónimo de «Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples» y es la referencia que se emplea para calcular la concesión de subsidios, becas, subvenciones y ayudas tales como: el importe de la prestación por desempleo, becas de estudio o formación, acceso a viviendas de protección oficial, servicios de asistencia jurídica gratuita, indemnización por despido, etc. Además, no solo marca la cuantía de estas prestaciones, sino el límite a partir del que una persona o familia tiene derecho a las mismas. En otras palabras, a qué ayudas o beneficios podría acceder en función de sus ingresos (normalmente se exige que éstos no sobrepasen un determinado número de veces el IPREM). El IPREM se publica anualmente en la Ley de Presupuestos.
En el plano empresarial y, entre otras aplicaciones, es el índice de base para cuantificar las donaciones dentro de las medidas alternativas establecidas por la Ley General de la Discapacidad.
El IPREM frente al SMI
El IPREM surgió en el año 2004 en sustitución del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que hasta el momento era el indicador de referencia para el cálculo de ayudas. El inconveniente del SMI era que ocasionaba una contradicción: aunque un aumento del SMI beneficiaba a los trabajadores por cuenta ajena, que cobraban más, hacía descender el potencial número de beneficiarios de ayudas. Por otra parte, el SMI corre a cargo de los empresarios mientras que el IPREM sale de las arcas del Estado: así, con la creación del IPREM, una subida del salario mínimo no impacta en el gasto público. El IPREM surge, por tanto, como solución para desvincular salarios de ayudas. Por su parte, el SMI queda reservado al ámbito laboral.
Qué implica una subida del IPREM
En los últimos años, el SMI ha ido creciendo, mientras que el IPREM ha permanecido prácticamente congelado. Este estancamiento ha influido en el poder adquisitivo de los perceptores de subsidios ya que, tras una década con el IPREM congelado, el que cobra una prestación tiene la misma que hace 10 años, pero con un coste de vida superior en la actualidad. En otras palabras, si sube el IPREM, crece también la cuantía de las prestaciones, pero también se restringe el acceso a los beneficiarios.
El IPREM subirá en un 5% en 2021
Tras una década prácticamente congelado (desde 2010 este indicador apenas había crecido un 0.9%), se ha anunciado una subida del IPREM del 5% para 2021, lo que lo situaría en 564,73 euros mensuales. A finales de 2019, alrededor de un millón de personas recibían un subsidio por estar desempleados y haber agotado todas las prestaciones. Este subsidio se fijaba en el 80% del IPREM (430 euros al mes) y con la subida alcanzaría los 451 euros.
Cómo afecta el IPREM al cumplimiento de la Ley General de la Discapacidad
El IPREM es también el indicador de referencia para calcular la cuantía de donación de la medida alternativa marcada por la Ley General de los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. Recordemos que las empresas de más de 50 trabajadores tienen la obligación legal de incorporar a un porcentaje de profesionales con discapacidad no inferior al 2% y, si no pueden cumplir a través de la contratación directa, pueden acogerse, entre otras, a las siguientes medidas:
- Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo.
- La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
Para calcular la cuantía de donación, primero hay que conocer el número total de trabajadores en plantilla (media anual) y aplicar el 2%.
A esta cifra habría que restar los trabajadores con discapacidad y multiplicar el resultado por 1,5 (en el caso de una donación a entidad que apueste por la inclusión de las personas con discapacidad) o por 3 en el caso de contratar bienes y servicios en un Centro Especial de Empleo. El resultado habría que multiplicarlo por el IPREM y el producto correspondería a la cuantía de donación por medida alternativa.
No Comments