Plan de igualdad. ¿Qué es y qué debe incluir? - Diversidad e inclusión
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Plan de igualdad. ¿Qué es y qué debe incluir?

Pilar González habla sobre el Plan de Igualdad

Plan de igualdad. ¿Qué es y qué debe incluir?

Pilar González, directora de Cultura y Personas

Desde el 8 de marzo de 2022 las empresas con más de 50 personas en plantilla están obligadas a contar con un Plan de Igualdad de Oportunidades (PIO) según establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

La igualdad es un concepto fundamental en las estrategias de diversidad, equidad, inclusión y pertenencia (DEIB). El concepto de igualdad estaría integrado en el de justicia social y complementa el de equidad como ya veíamos en otro post. El principio de igualdad tiene como fin crear sistemas de normas que regulen las condiciones y el trato para el desarrollo y la participación de todas las personas. Es la base de la justicia social, complementándose con la equidad, que responde de manera más amplia a la diversidad y a las necesidades de cada persona.

Actualmente la igualdad en el ámbito empresarial tiene su máxima expresión en los Planes de Igualdad o en el cumplimiento de la Ley General de Discapacidad, que surgen como respuesta a la situación de desventaja y discriminación a la que se enfrentan las mujeres (Plan de igualdad) o las personas con discapacidad (LGD) en el mercado laboral, en las condiciones laborales, en la remuneración, en la formación, el desarrollo y la promoción.  

¿Qué es el Plan de Igualdad?

Es un conjunto de medidas que tienen como misión garantizar la igualdad de trato y oportunidades de las mujeres y hombres en la empresa, así como, la eliminación de situaciones discriminatorias por razón de sexo. El Plan de Igualdad es una iniciativa que debe ser promovida por la empresa y aprobado después de realizar un análisis y diagnóstico que se tiene que elaborar mediante una Comisión Negociadora junto a la representación legal de las personas trabajadoras.

Si la empresa no constituye dicha comisión negociadora, la representación legal de los trabajadores solicitará por escrito la constitución de la misma.

¿Qué plazos tiene la empresa para elaborar el Plan de Igualdad?

El RD 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, establece que la Comisión Negociadora dispondrá de 3 meses de plazo desde el momento de obligatoriedad del cumplimiento. Durante este plazo podrá negociar el Plan de Igualdad.

¿Qué leyes regulan los planes de igualdad?

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo  , sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad

Real Decreto Legislativo 2/2015  , de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo  , de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación

Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre  , por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo

Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre  , de igualdad retributiva entre mujeres y hombres

¿Cuál es el contenido mínimo que debe contemplar un Plan de Igualdad?

  • Partes implicadas en la negociación del Plan de Igualdad
  • Ámbito de actuación personal, territorial y temporal (A qué personas aplica, dónde y cuándo)
  • Informe de diagnóstico de situación
  • Resultados de la auditoría retributiva
  • Objetivos cuantitativos y cualitativos de igualdad que le empresa debe alcanzar
  • Las medidas o estrategias que vaya a implementar la empresa para alcanzar los objetivos marcados.
  • Los sistemas de seguimiento y evaluación.
  • Los recursos y medios disponibles para alcanzar los objetivos marcados.
  • Planificación y calendario.
  • Definición de la Comisión de seguimiento para evaluar la consecución
  • Sistema y proceso para abordar las discrepancias que puedan surgir durante la aplicación del Plan de Igualdad.

Si quieres saber cuál es la normativa aplicable, las empresas obligadas a tener planes de igualdad, cómo realizar el cómputo de plantilla, cómo se crea la Comisión Negociadora y cuáles son sus funciones, cómo registrar el Plan de Igualdad y cómo se debe realizar la auditoría retributiva, consulta toda la información en la página del Ministerio de Igualdad.

Pablo García Menchén
pablo.garcia@adecco.com
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